Compraventa de Inmuebles / Hacienda no acepta el valor declarado
28 de Mayo del 2010 | CUATROCAÑOS Casas de Capricho
Con la actual situación inmobiliaria, puede ser normal que un inmueble se venda por un valor inferior al que utiliza Hacienda para liquidar el ITP…
Comprobación de valores. Tras adquirir un inmueble a muy buen precio, ahora la Administración autonómica le notifica que el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) se ha declarado por un valor inferior al real, exigiéndole el pago de la diferencia. Ello es debido a que Hacienda utiliza unos baremos para valorar los inmuebles que, con la actual crisis económica, pueden dar lugar a valores superiores a los de mercado. ¿Cómo debe reaccionar ante esta situación? Primero, recurso. Verifique que en la notificación enviada, Hacienda le indica todos los parámetros utilizados para justificar el nuevo valor asignado al inmueble. Como seguramente serán incompletos, presente un recurso de reposición, en los siguientes términos:
Que no le han notificado todos los parámetros utilizados por la Administración para valorar el inmueble.
Que no se indica quién ha realizado la valoración (los peritos de la Administración deben tener la titulación adecuada para realizarla).
Indique expresamente que, en caso de que el recurso sea rechazado, se reserva el derecho a solicitar una tasación pericial contradictoria.
Tasación. Si le deniegan el recurso (o realmente no puede interponerlo porque Hacienda le ha notificado correctamente la liquidación, con todos los datos necesarios), todavía podrá impugnar la comprobación de valores (siempre que se haya reservado este derecho en el propio recurso inicial).
Solicite entonces una Tasación Pericial Contradictoria:
Hacienda se verá obligada a hacer la valoración mediante dictamen de un perito (si es que la primera valoración no la hizo así).
Usted podrá proponer un perito propio si no está de acuerdo con el dictamen del perito de la Administración. Hacienda aceptará el dictamen de su perito si la diferencia no supera los 120.000 euros ni supone más del 10% de la tasación inicial.
Si no hay acuerdo, se nombra un tercer perito por sorteo. Si el valor asignado por éste supera en más de un 20% al valor declarado, usted deberá hacer frente a sus honorarios. Si la diferencia es menor, el coste del tercer perito lo asumirá Hacienda.